31 de diciembre de 2022
En Chile existen actualmente 5 feriados que se consideran irrenunciables, el 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre, y el 1 de enero.
Este domingo será 1 de enero y el primer feriado del 2023, el que será de carácter irrenunciable y quienes no cumplan con esto tendrán multas. Es así como los centros comerciales no podrán abrir sus puertas al público.
¿Quiénes si podrán trabajar el domingo?
Los clubes; restaurantes establecimientos de entretenimiento como los cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets. Además de locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
En la misma línea se encuentran los casinos de juegos y lugares similares que tengan autorización legal para ello; las bencineras y tiendas comerciales ubicadas éstas; y farmacias de urgencia.
¿Cuál es la multa para quienes incumplan con el feriado irrenunciable?
El empleador o empleadora será sancionado con una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por cada trabajadora o trabajador afectado.
En caso de tener 50 o más trabajadores o trabajadoras, la multa ascenderá a 10 UTM por cada empleada o empleado afectado. Y si tiene contratados 200 o más trabajadores o trabajadoras, la multa será de 20 UTM.