La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) aplicó una multa de 5.800 UTM, equivalentes a más de $400 millones, a la Compañía General de Electricidad (CGE) por incumplir los plazos regulatorios en la tramitación de proyectos de Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD). La entidad fiscalizadora determinó que la empresa excedió en más de nueve meses el tiempo establecido para la emisión de los informes de Criterios de Conexión (ICC), requisito clave para la integración de estos proyectos al sistema eléctrico. Según la SEC, este tipo de incumplimientos afectan el desarrollo de la generación distribuida, un segmento relevante para diversificar la matriz energética y avanzar en los compromisos de sostenibilidad del país. Junto con la sanción a CGE, la entidad formuló cargos contra las distribuidoras Luz Linares, Luz Parral y la Cooperativa Eléctrica Los Ángeles ( Coopelan), que también presentaron retrasos en la entrega de los ICC. La superintendenta Marta Cabeza señaló que el objetivo de estas sanciones es garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y evitar trabas en el proceso de conexión de nuevos proyectos. “Estas medidas no solo refuerzan la calidad del servicio para los usuarios, sino que también impulsan la sostenibilidad y transparencia en la industria. Al eliminar barreras que podrían obstaculizar el desarrollo del PMGD, facilitamos la transición hacia un sistema energético más limpio, eficiente y alineado con las metas carbono neutralidad asumidas por el país”, explicó Cabezas. Para agilizar estos procesos, SEC implementó una plataforma digital que permitirá a las empresas distribuidoras y desarrolladores gestionar más rápidamente las solicitudes de conexión, con el fin de reducir los tiempos de respuesta y mejorar la eficiencia del sistema eléctrico. Fuente: ADN Radio Nacional
La Comisión de Gobierno aprobó en general y en particular la moción que propone multas por incumplimiento de más de 330 mil pesos y detalla las excepciones de esta sanción. “Este enfoque no solo garantiza una participación electoral más amplia y equitativa, sino que también refuerza la responsabilidad cívica y la legitimidad del sistema político, alineando así el marco legal con el orden constitucional y fortaleciendo la democracia en su conjunto”, se desprende de la moción, recientemente aprobada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, presidida por el senador Manuel José Ossandón. La instancia respaldó la indicación que precisa que, en las elecciones y plebiscitos previstos en la Constitución Política de la República, excepto en las elecciones primarias, el sufragio es obligatorio. El incumplimiento de ese deber será sancionado con multa a beneficio municipal que pueden superar los 330 mil pesos (desde 0,5 a 5 unidades tributarias mensuales). Cabe recordar que el texto legal responde a una moción de autoría de los senadores Manuel José Ossandón y Matías Walker y las senadoras Luz Ebensperger y Ximena Rincón. No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección, se encontraren enfermos, estuvieren ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, hubieren desempeñado las funciones que encomienda la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, o no hubieren podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) aplicó una multa de 5.800 UTM, equivalentes a más de $400 millones, a la Compañía General de Electricidad (CGE) por incumplir los plazos regulatorios en la tramitación de proyectos de Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD). La entidad fiscalizadora determinó que la empresa excedió en más de nueve meses el tiempo establecido para la emisión de los informes de Criterios de Conexión (ICC), requisito clave para la integración de estos proyectos al sistema eléctrico. Según la SEC, este tipo de incumplimientos afectan el desarrollo de la generación distribuida, un segmento relevante para diversificar la matriz energética y avanzar en los compromisos de sostenibilidad del país. Junto con la sanción a CGE, la entidad formuló cargos contra las distribuidoras Luz Linares, Luz Parral y la Cooperativa Eléctrica Los Ángeles ( Coopelan), que también presentaron retrasos en la entrega de los ICC. La superintendenta Marta Cabeza señaló que el objetivo de estas sanciones es garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y evitar trabas en el proceso de conexión de nuevos proyectos. “Estas medidas no solo refuerzan la calidad del servicio para los usuarios, sino que también impulsan la sostenibilidad y transparencia en la industria. Al eliminar barreras que podrían obstaculizar el desarrollo del PMGD, facilitamos la transición hacia un sistema energético más limpio, eficiente y alineado con las metas carbono neutralidad asumidas por el país”, explicó Cabezas. Para agilizar estos procesos, SEC implementó una plataforma digital que permitirá a las empresas distribuidoras y desarrolladores gestionar más rápidamente las solicitudes de conexión, con el fin de reducir los tiempos de respuesta y mejorar la eficiencia del sistema eléctrico. Fuente: ADN Radio Nacional
La Comisión de Gobierno aprobó en general y en particular la moción que propone multas por incumplimiento de más de 330 mil pesos y detalla las excepciones de esta sanción. “Este enfoque no solo garantiza una participación electoral más amplia y equitativa, sino que también refuerza la responsabilidad cívica y la legitimidad del sistema político, alineando así el marco legal con el orden constitucional y fortaleciendo la democracia en su conjunto”, se desprende de la moción, recientemente aprobada por la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, presidida por el senador Manuel José Ossandón. La instancia respaldó la indicación que precisa que, en las elecciones y plebiscitos previstos en la Constitución Política de la República, excepto en las elecciones primarias, el sufragio es obligatorio. El incumplimiento de ese deber será sancionado con multa a beneficio municipal que pueden superar los 330 mil pesos (desde 0,5 a 5 unidades tributarias mensuales). Cabe recordar que el texto legal responde a una moción de autoría de los senadores Manuel José Ossandón y Matías Walker y las senadoras Luz Ebensperger y Ximena Rincón. No se aplicará la sanción a quienes, el día de la elección, se encontraren enfermos, estuvieren ausentes del país o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del local de votación, hubieren desempeñado las funciones que encomienda la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, o no hubieren podido cumplir con su obligación por otro impedimento grave debidamente acreditado ante el juez de policía local competente, quien apreciará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.