Red Noticias V Región

6 de noviembre de 2024

Comisión de Salud recomienda enviar a Comisión Mixta proyecto que sanciona las licencias fraudulentas

​Los senadores concordaron en la necesidad de exigir que los profesionales que entreguen este permiso estén dentro del país y se repongan las sanciones a los médicos contralores que intervienen en estas prácticas irregulares. ​

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Senado
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​Tras revisar los cambios realizados por la Cámara Baja al proyecto que sanciona las licencias médicas falsas, los integrantes de la Comisión de Salud acordaron recomendar a la Sala rechazar el texto, de manera de generar una Comisión Mixta que perfeccione su redacción.

​Luego de una extensa sesión en la que se escuchó a la subsecretaria de Salud Pública, Andrea Albagli; el director de Fonasa, Camilo Cid; la directora de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), Valentina Céspedes; la directora de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), Pamela Gana; y el asesor del Minsal, Jaime Junyent, los parlamentarios optaron por modificar tres artículos:

​ Artículo 1° referido a quiénes pueden emitir licencias médicas. Se aprobó que sean cirujanos, cirujanos dentistas y matronas que se encuentren debidamente inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales (RNPI) que dispone la Superintendencia de Salud. Ahora se busca agregar que “se encuentren en territorio nacional”. Esto dado que se determinó que gran parte de las licencias fraudulentas provienen de médicos que están en el extranjero.

Artículo 8° sobre las sanciones del médico contralor. En la Cámara se eliminó lo aprobado en el Senado. Los senadores aprobaron que la SUSESO inicie una investigación de oficio respecto del contralor médico de una Isapre o una COMPIN que emita una licencia fraudulenta, así la Superintendencia de Salud quedaba facultada para suspender al profesional de visar estos instrumentos y el ente podía cursarle multas en UTM. La idea es reponer el texto.

Artículo 3° transitorio. La redacción aprobada en la Cámara establece que “el requisito de aprobación del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) para emitir licencias médicas será exigible a partir de un año de publicada esta ley”. La Comisión cuestionó dicho plazo considerando que todos los prestadores que están en el RNPI deben tener dicha prueba aprobada.

​Respecto de las materias que fueron respaldas respecto al primer trámite y los elementos nuevos incorporados, el Ejecutivo relevó la nueva atribución que se entrega a la SUSESO de notificar al empleador cuando su trabajador reciba una licencia médica sin fundamento médico. Se indicó que los funcionarios públicos pueden ser sometidos a un sumario administrativo y se planteó la pertinencia de avanzar hacia una desvinculación por esta causal.


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