Directo a la Cámara Baja fue despachado el proyecto que establece la obligación de las Isapres de informar a la Superintendencia de Salud, el aumento del precio de sus planes. Esto luego que la Sala aprobara en particular la propuesta con 33 votos a favor. Los parlamentarios respaldaron los cambios realizados en la Comisión de Salud. Si ellos son apoyados por los diputados y diputadas, el texto quedaría en condiciones de ser promulgado. En concreto, la moción establece que “en el plazo de 15 días hábiles después de la resolución que determina el Indicador de Costos de la Salud (ICSA), las aseguradoras deberán informar a la citada Superintendencia, su decisión de aumentar o no el valor del precio base de los planes de salud. En caso de aumento, el porcentaje de ese ajuste deberá ir acompañado de una serie de antecedentes. Entre éstos, el porcentaje de la variación anual del gasto por persona beneficiaria; el porcentaje de variación anual de la frecuencia de uso de prestaciones bonificadas por las ISAPRE; el porcentaje de variación anual del costo en Subsidios de Incapacidad Laboral (SIL); el costo, en unidades de fomento, de nuevas prestaciones; y el porcentaje de variación anual del costo operacional. La Isapre que decida aumentar el valor del precio base de sus planes, deberá comunicar de dicha adecuación, en el mismo mes de marzo del año respectivo, a los afiliados que correspondan. La comunicación deberá realizarse por medios electrónicos en base a la última información registrada por la persona afiliada. Ésta deberá contener, a lo menos, la decisión de adecuar los planes de salud, el porcentaje de tal adecuación, los antecedentes que la justifican y la resolución de la Superintendencia que verifica el porcentaje de alza”.
Directo a la Cámara Baja fue despachado el proyecto que establece la obligación de las Isapres de informar a la Superintendencia de Salud, el aumento del precio de sus planes. Esto luego que la Sala aprobara en particular la propuesta con 33 votos a favor. Los parlamentarios respaldaron los cambios realizados en la Comisión de Salud. Si ellos son apoyados por los diputados y diputadas, el texto quedaría en condiciones de ser promulgado. En concreto, la moción establece que “en el plazo de 15 días hábiles después de la resolución que determina el Indicador de Costos de la Salud (ICSA), las aseguradoras deberán informar a la citada Superintendencia, su decisión de aumentar o no el valor del precio base de los planes de salud. En caso de aumento, el porcentaje de ese ajuste deberá ir acompañado de una serie de antecedentes. Entre éstos, el porcentaje de la variación anual del gasto por persona beneficiaria; el porcentaje de variación anual de la frecuencia de uso de prestaciones bonificadas por las ISAPRE; el porcentaje de variación anual del costo en Subsidios de Incapacidad Laboral (SIL); el costo, en unidades de fomento, de nuevas prestaciones; y el porcentaje de variación anual del costo operacional. La Isapre que decida aumentar el valor del precio base de sus planes, deberá comunicar de dicha adecuación, en el mismo mes de marzo del año respectivo, a los afiliados que correspondan. La comunicación deberá realizarse por medios electrónicos en base a la última información registrada por la persona afiliada. Ésta deberá contener, a lo menos, la decisión de adecuar los planes de salud, el porcentaje de tal adecuación, los antecedentes que la justifican y la resolución de la Superintendencia que verifica el porcentaje de alza”.