Red Noticias V Región

16 de agosto de 2024

A tercer trámite norma que sistematiza la forma en que las Isapres deberán informar el alza de sus planes

​El texto aprobado en el Senado, establece que 15 días hábiles después de la resolución que determina el ICSA, las aseguradoras deberán informar al organismo fiscalizador, su decisión de aumentar o no el valor del precio base de los planes.

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​Directo a la Cámara Baja fue despachado el proyecto que establece la obligación de las Isapres de informar a la Superintendencia de Salud, el aumento del precio de sus planes. Esto luego que la Sala aprobara en particular la propuesta con 33 votos a favor.

​Los parlamentarios respaldaron los cambios realizados en la Comisión de Salud. Si ellos son apoyados por los diputados y diputadas, el texto quedaría en condiciones de ser promulgado.

​En concreto, la moción establece que “en el plazo de 15 días hábiles después de la resolución que determina el Indicador de Costos de la Salud (ICSA), las aseguradoras deberán informar a la citada Superintendencia, su decisión de aumentar o no el valor del precio base de los planes de salud.

​En caso de aumento, el porcentaje de ese ajuste deberá ir acompañado de una serie de antecedentes. Entre éstos, el porcentaje de la variación anual del gasto por persona beneficiaria; el porcentaje de variación anual de la frecuencia de uso de prestaciones bonificadas por las ISAPRE; el porcentaje de variación anual del costo en Subsidios de Incapacidad Laboral (SIL); el costo, en unidades de fomento, de nuevas prestaciones; y el porcentaje de variación anual del costo operacional.

​La Isapre que decida aumentar el valor del precio base de sus planes, deberá comunicar de dicha adecuación, en el mismo mes de marzo del año respectivo, a los afiliados que correspondan. La comunicación deberá realizarse por medios electrónicos en base a la última información registrada por la persona afiliada. Ésta deberá contener, a lo menos, la decisión de adecuar los planes de salud, el porcentaje de tal adecuación, los antecedentes que la justifican y la resolución de la Superintendencia que verifica el porcentaje de alza”.


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