Red Noticias V Región

9 de septiembre de 2024

Corte Suprema abre cuaderno de remoción a ministra Ángela Vivanco Martínez

​La Corte Suprema acordó abrir cuaderno de remoción respecto de la ministra del máximo tribunal Ángela Vivanco Martínez por seis cargos, ligados a diversos actos que son de conocimiento público.

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​La Corte Suprema acordó abrir cuaderno de remoción respecto de la ministra del máximo tribunal Ángela Vivanco Martínez por seis cargos, ligados a diversos actos que son de conocimiento público.

​El presidente Ricardo Blanco Herrera al término de la reunión extraordinaria informó, además, que la ministra Vivanco Martínez fue suspendida de su cargos, mientras se tramita el cuaderno de remoción y leyó la declaración pública que se transcribe a continuación.

​Con la cuenta dada de los antecedentes recopilados por la Comisión de de la Corte Suprema de Justicia y los hechos dados a conocer por los medios de comunicación social que atañen a la ministra señora Ángela Vivanco Martínez, los cuales son serios y graves, pues afectan los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia que rigen al Poder Judicial, se acuerda que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Constitución Política de la República y artículo 41 del Acta N° 108 de 2020, abrir cuaderno de remoción respecto de la ministra señora Vivanco y pedirle informe que deberá evacuar dentro del término de 20 días corridos, sobre los siguientes hechos:

​1.- Interferencia en el último procedimiento de designación del cargo de fiscal nacional y en los nombramientos de conservador de bienes raíces de Viña del Mar y de Concón. 

2.- Irregularidades cometidas en la tramitación y conocimiento de la causa de consorcio Belaz Movitec Spa con Codelco. 

3.- Intervención en nombramiento de ministros y ministras de cortes en coordinación con el abogado Luis Hermosilla Osorio.

4.- Intromisión en causas en tramitación y en la integración de salas de la Corte Suprema con el abogado Luis Hermosilla Osorio. 

5.- Entrega de información acerca de causas relacionadas con miembros de Carabineros de Chile y de las Fuerzas Armadas de conocimiento de la Tercera Sala de esta corte antes de la firma de la sentencia y su notificación, y efectuar recomendaciones procesales al abogado antes mencionado. 

6.- Concertación con el abogado ya referido para obtener el nombramiento de miembros de este tribunal afines a sus intereses.

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