26 de diciembre de 2024
El uso de la Inteligencia Artificial (IA) ha traído una serie de beneficios para el quehacer cotidiano de las personas, tanto en el área laboral como el de la salud, entre otros, pero su uso indebido puede generar complicaciones que es necesario evitar.
Por ello, el senador Karim Bianchi presentó una iniciativa para sancionar con la pena de reclusión menor y multas de hasta 500 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) a quienes generen o difundan imágenes o hechos de carácter privado o íntimo, creados con herramientas de inteligencia digital.
"Esta herramienta ha sido utilizada de manera indebida para alterar imágenes de personas, con la finalidad de insertarlas en contextos inapropiados o explícitos, sin su consentimiento. Un caso destacado en el país, que ejemplifica la gravedad de esta situación, es el de una joven cuya imagen fue manipulada digitalmente para insertarla en contenidos pornográficos, sin su autorización, siendo posteriormente distribuida y compartida por redes sociales y mensajería digital", señala el senador en su moción.
Según los fundamentos del proyecto, "la manipulación de imágenes y videos con fines humillantes o difamatorios puede tener consecuencias devastadoras, tanto para las víctimas directas como para la sociedad en general, al crear un entorno en el que las personas temen que su imagen pueda ser manipulada y distorsionada. Esto constituye una agresión a la intimidad personal y al control que cada individuo debe tener sobre su propia imagen".
De acuerdo al estudio Radiografía Digital de una empresa de telefonía e internet, el 86% de niños, niñas y adolescentes ha tenido alguna interacción con IAs, el 50% lo usa como entretenimiento y el 82% de padres consideran que sus hijos pasan demasiado tiempo conectados a internet.
Según el senador Bianchi, la falta de regulación en este ámbito permite que los agresores operen con impunidad, mientras las víctimas quedan desprotegidas, tanto en términos legales como emocionales. Por ello, propone incluir en el Código Penal sanciones severas para quienes utilicen la tecnología con fines de acoso, difamación o manipulación de la imagen de otras personas.
En tal sentido plantea castigar con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado; sustraiga, fotografíe, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme, fotografíe, genere a través de herramientas de edición o genere con inteligencia artificial imágenes o hechos de carácter privado que se produzcan, realicen, ocurran o existan en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público.
Asimismo, establece que en caso de ser una misma la persona que los haya obtenido y divulgado, se aplicarán a ésta las penas de reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a 500 UTM.
La iniciativa propone castigar también con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 5 a 10 UTM, al que en lugares públicos o de libre acceso público y que por cualquier medio capte, grabe, filme o fotografíe, genere a través de herramientas de edición o genere con inteligencia artificial imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de significación sexual.
Para quienes difundan tales imágenes se plantea una pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 a 20 UTM.