26 de agosto de 2024
Tras el rechazo a la idea de legislar sobre la prohibición de las carreras de perros, el Colegio Médico Veterinario de Chile (Colmevet), a través de sus Comisiones Nacionales de Bienestar Animal y Tenencia Responsable de Mascotas, manifestó su preocupación e hizo un llamado a eliminar el artículo 16º de la Ley 20.380 Sobre Protección de Animales, con el objetivo que no existan excepciones en la norma y se pueda regular todo tipo de prácticas, incluidas las deportivas y culturales, para mejorar la relación con los animales.
“En un trabajo que estamos realizando junto a nuestra comisiones técnicas, como Colmevet vemos una oportunidad para profundizar la reflexión sobre la relación con los animales en prácticas deportivas y culturales. En este sentido, creemos imperativo eliminar el Art. 16º de la Ley 20.380, además, de fortalecer las regulaciones existentes, con un reglamento que permita sancionar y fiscalizar en estas materias”, indicó Beatriz Zapata, presidenta nacional del Colegio Médico Veterinario de Chile.
Al respecto, la Ley 20.380 en su artículo 1º establece que las normas estarán destinadas a conocer, proteger y respetar a los animales, como seres vivos y parte de la naturaleza, con el fin de darles un trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios. Sin embargo, en al artículo 16º detalla excepciones; “Las normas de esta ley no se aplicarán a los deportes en que participen animales, tales como el rodeo, las corridas de vaca, el movimiento a la rienda y los deportes ecuestres, los que se regirán por sus respectivos reglamentos”.
Según indicaron desde el Colmevet, el ejemplo de las llamadas carreras de galgos y tal como el gremio lo expresó en la discusión que se dio en el Congreso, rechazando este tipo de actividades por sus graves efectos en los canes, la invitación es a profundizar la discusión, mejorar la legislación vigente e incluir a todas las actividades en que se utilicen animales.
Así, en el caso de las carreras de galgos, está establecido científicamente que sufren una importante disminución de su media de vida, debido a diferentes motivos (fracturas, lesiones graves, o mal rendimiento, entre otras). Además, de los daños mencionados e inclusive la muerte, se ha descrito como parte del impacto sobre su bienestar animal el estrés, fatiga, dolor, entrenamientos intensivos, uso de drogas y estimulantes. Estos hechos son posibles de encontrar en actividades que no tienen una clara regulación y fiscalización, por lo que solo queda la posibilidad de generar denuncias por delitos como; abandono, maltrato y crueldad animal.
Por otro lado, se ha discutido si la prohibición de una actividad con animales debería ser prohibida o regulada. En algunos países de la región, por ejemplo, las carreras de perros independientes de su raza han sido prohibidas, es el caso de Argentina a través de la Ley 27.330 y en Uruguay con el decreto N° 431/018. Por esto, las y los profesionales del Colegio Médico Veterinario de Chile quedaron a disposición, para que se generen normas y leyes que protejan a los animales de situaciones de maltrato y sufrimiento, y que consideren la opinión técnica de médicas y médicos veterinarios expertos en el tema.